 |
 |
|
|
|
|
 |
 |
|
Son finalidades del Ilustre Colegio Oficial de Titulados
Mercantiles y Empresariales de Alicante: |
Ejercer cuantas funciones le sean encomendadas por la
Administración y colaborar con ésta mediante
la realización de estudios, emisión de
informes, elaboración de estadísticas
y otras actividades relacionadas con sus fines que puedan
serle solicitadas o se acuerden formular por propia
iniciativa.
Ostentar la representación que establezcan las
leyes para el cumplimiento de sus fines.
Participar en los Consejos y Organismos consultivos
de la Administración, en las materias de competencia
de cada una de las titulaciones.
Estar representado en los Patronatos Universitarios.
|
|
Participar en la elaboración de estudios e informar
las normas de organización de los centros docentes
correspondientes a las titulaciones respectivas y mantener
permanente contacto con los mismos, preparando la información
necesaria para facilitar el acceso a la vida profesional
de los nuevos titulados.
Ostentar, en su ámbito, la representación
y defensa de la profesión ante la Administración,
Instituciones, Juzgados, Tribunales, Entidades y particulares,
con legitimación para ser parte en cuantos litigios
afecten a los intereses profesionales y ejercitar el
derecho de petición conforme a la ley.
Facilitar a Juzgados y Tribunales, conforme a las leyes,
la relación de colegiados que pudieran ser requeridos
para intervenir como peritos en los asuntos judiciales
o designarlos por propia iniciativa, según proceda.
Ordenar en el ámbito de su competencia, la actividad
profesional de los colegiados, velando por la ética
profesional y por el respeto debido a los derechos de
los particulares, ejerciendo la facultad disciplinaria
en el orden profesional y colegial.
Organizar actividades y servicios comunes de interés
para los colegiados, de carácter profesional,
formativo, cultural, asistencial y de previsión,
aportando los medios necesarios para el sostenimiento
económico.
Procurar la armonía y colaboración, impidiendo
la competencia desleal entre los colegiados.
Adoptar las medidas conducentes a evitar y perseguir
el intrusismo profesional.
Intervenir, en vía de conciliación o arbitraje,
en las cuestiones que, por motivos profesionales, se
susciten entre los colegiados.
Resolver por Laudo, a instancia de las partes interesadas,
las discrepancias que puedan surgir sobre el cumplimiento
de las obligaciones profesionales que, con carácter
general o a petición de los interesados, en los
casos en que el Colegio tenga creados los servicios
adecuados y en las condiciones que se determinen en
los Estatutos, percibiendo la cuantía o porcentaje
que al efecto señale la Junta de Gobierno.
Visar los trabajos profesionales de los colegiados,
cuando así se establezca expresamente en los
Estatutos.
Organizar, en su caso, cursos para la formación
profesional de los postgraduados.
Cumplir y hacer cumplir a los colegiados las leyes,
en cuanto afecten a la profesión; y los Estatutos,
normas y decisiones adoptadas por los órganos
colegiados, en materias de su competencia.
Cuantas otras funciones que redunden en beneficio de
los intereses profesionales de los colegiados |
|
| |
|
|